Uribarri Asesores

 Zumalakarregi Kalea, 14, 48200 Durango, Bizkaia
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ACCIONES SUBVENCIONABLESSerán subvencionables los contratos de trabajo de al menos 6 meses de duración formalizados con personas desempleadas de larga duración.A efectos del Decreto persona desempleada de larga duración es aquella que acredite desempleo de manera ininterrumpida por un periodo mínimo de 12 meses anteriores a la formalización del contrato.El contrato de trabajo ha de ser del tipo contrato indefinido, contrato fijo discontinuo, o un contrato de duración determinada de mínimo seis meses. Se excluyen los contratos en los que no figure la duración mínima de seis meses.Los contratos de trabajo deberán ser a jornada completa o a jornada parcial, siempre que ésta represente un mínimo del 50% de la jornada completa habitual establecida.No podrán realizarse dos solicitudes de subvención con la misma persona trabajadora por dos contratos. No se subvencionarán dos contratos de seis meses con la misma persona trabajadora, ni uno de seis y otro de doce meses. Así mismo serán subvencionables los gastos de formación externos y/o internos de adaptación al puesto de trabajo de las personas contratadas. En el caso de gastos internos se incluirán exclusivamente sueldos y cargas sociales.Se subvencionarán los contratos formalizados entre el 1 de noviembre de 2014 y el 30 de septiembre de 2015.

Adecuación de la cuota de autónomos con vistas a la jubilación:podrán optar libremente entre la base mínima y la máxima los autónomos menores de 47 años y aquellos con 47 años cumplidos el 1 de enero de 2015 que se den de alta por primera vez en 2015 o cuya base de cotización en diciembre de 2015 haya sido igual o superior a 1.945,80 euros al mes. Los trabajadores autónomos con 47 años cumplidos el 1 de enero de 2015 y una base de cotización inferior a 1.945,80 euros mensuales, sólo podrán incrementarla hasta 1.964,70 euros mensuales. En cuanto a los mayores de 48 años a 1 de enero de 2016,  su base de cotización mínima está comprendida entre 963,30 y 1.964,70 euros, salvo excepciones.Tarifa Plana:desde la reciente entrada en vigor de la Ley de fomento del trabajo autónomo, la tarifa plana para nuevos autónomos se redondea a 50 euros exactos durante los primeros seis meses. Además, losautónomos que contraten trabajadorespodrán seguir beneficiándose de la misma.

En los contratos de arrendamiento de fincas urbanas regulados por la Ley 29/1994 de 24 de noviembre de Arrendamientos Urbanos (LAU) es obligatorio el pago de una fianza.Hasta ahora, en Euskadi, el arrendador guardaba en su poder esta fianza, sin perjuicio de la obligación de restituirla al inquilino al término del contrato. La Disposición Adicional Tercera de la LAU ya preveía la posibilidad de que la Comunidades Autónomas establecieran la posibilidad de exigir el depósito de esa fianza, sin devengo de intereses.En base a esto, las personas o entidades arrendadoras de fincas urbanas sitas en el territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco, destinadas tanto a vivienda como a otros usos deberán depositar en la delegación territorial correspondiente del departamento del Gobierno Vasco competente en materia de vivienda, la fianza establecida en el artículo 36.1 de la Ley 29/1994 de 24 de noviembre de Arrendamientos Urbanos.

Esta medidapermitiría acabar con un ámbito de desigualdad de géneroformal o legal, ya que la regulación de los permisos de maternidad/paternidad constituye una de las pocas excepciones en donde la ley trata de diferente manera a la persona,según sea madre o padre(en el caso de las adopciones o cuando los progenitores son del mismo sexo no se da esta diferencia de trato). En efecto, como consecuencia de esta desigualdad legal,habiendo cotizadolo mismoa la Seguridad Social, se da la situación injusta de que por el hecho de ser padre se accede a 12 semanas menos de permiso remunerado (por la seguridad social) que por el hecho de ser madre.

Cuota de autónomos 2016:el año nuevo traerá nuevas subidas en las bases de cotización a la Seguridad Social que determinan cuánto hay que pagar por la cuota mensual de autónomos.  Estas subidas se recogen en la Ley de presupuestos generales del Estado para 2016.La base mínima de cotización sube el 1%desde 884,40 a 893,10 euros mensuales, por lo quela cuota mínima, que es la que paga más del 80% de los autónomos,pasa de264,44 € a 267,04 euros, lo que supone 31 euros más al año. La de losautónomos societariossube hasta 318 €. La base máxima de cotización sube también un 1%, pasando de 3.606 a 3.642 euros mensuales.

Lasempresas y emprendedoresse están encontrando desde hace ya 5 años con una coyuntura económica complicada, debido a la cual han tenido que enfocarse en un fuerte control de costes y una reducción importante degastos. Ahora bien, a veces se olvida o no se conoce debido a falta de un buenasesoramiento, que tenemos otro instrumento para mejorar el resultado final del negocio, que consiste en deducirse una serie de gastos en la declaración de Hacienda. La Ley del Impuesto de Sociedades establece que seránfiscalmente gastos deduciblesaquellos gastos que sean necesarios para laactividad empresarial.

Cuota progresiva de autónomos:tres de los cuatro partidos más votados (PSOE, Ciudadanos y Podemos) en las pasadas elecciones del 20 de diciembre llevaban esta medida en su programa, y el cuarto y más votado, el PP, dejaba la puerta abierta. A fecha de hoy está por ver quién y cómo gobierna en 2016 pero lo que parece claro es que el terreno está abonado para una posible aprobación de una cuota progresiva  a la seguridad social en la que los autónomos paguen proporcionalmente a sus ingresos y en la que los que no lleguen al salario mínimo estén exentos.

Ampliación de la Tarifa Plana para autónomos societarios nuevos:En 2015 se esperaba la extensión de la tarifa plana a este colectivo, pero finalmente la Ley de Promoción del Empleo Autónomo no la incluyó. Dada la injusticia y el freno a la creación de empleo que supone esta exclusión, que penaliza la creación de nuevas sociedades y teniendo en cuenta los programas electorales de los principales partidos con opción de formar gobierno, dejamos abierta una rendija a la posible aprobación de una medida así para finales de 2016.

Así pues, en principio ycomo norma general, la documentación y la declaración de la Renta del 2015,cuyo plazo de presentación finalizó el 30 de junio de 2016,debe conservarse hasta el 30 de junio de 2020. Pero, si por ejemplo, en el mes de diciembre recibimos una notificación de Hacienda o detectamos un error y presentamos una complementaria para evitar la sanción, el plazo finalizará en el mes de diciembre de 2020, es decir, cuatro años después de la última notificación o modificación realizada por nuestra parte.

En general el plazo de prescripción es de cuatro años, contados desde que finaliza el periodo voluntario de presentación de la declaración, siempre y cuando no se haya interrumpido dicho plazo con alguna notificación de la Agencia Tributaria por alguna revisión o bien la hayamos interrumpido nosotros presentando alguna declaración complementaria o por haber presentado algún escrito solicitando la rectificación. En estos casos,cuando se interrumpe la prescripción, el plazo de los cuatro años se inicia de nuevo.

Características:

Servicios:

 Asesoría laboral  Asesor fiscal

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Nuestra opinión desde abogadoeconomico.es sobre Uribarri Asesores

La empresa Uribarri Asesores destaca por su compromiso con la asesoría laboral y fiscal, brindando información detallada sobre subvenciones para contratos de trabajo, adecuación de cuotas de autónomos, tarifa plana y otros temas relacionados con la legislación laboral y fiscal.

La documentación proporcionada muestra un enfoque exhaustivo en aspectos como la subvención de contratos de trabajo para personas desempleadas de larga duración, la regulación de la cuota de autónomos y la tarifa plana para nuevos autónomos, lo que sugiere un interés genuino en ayudar a los emprendedores y empresas a navegar el complejo entorno regulatorio.

Las reseñas de clientes destacan la profesionalidad y el trato cercano de los asesores, lo que indica una buena relación con los clientes y un enfoque en satisfacer sus necesidades. La descripción de los asesores como "profesionales con los que da gusto colaborar" y "muy atentas" sugiere un alto nivel de satisfacción entre los clientes.

La empresa parece estar bien informada sobre los cambios en la legislación laboral y fiscal, como la posible implementación de una cuota progresiva para autónomos y la ampliación de la tarifa plana para autónomos societarios nuevos, lo que sugiere que están comprometidos con brindar asesoría actualizada y relevante a sus clientes.

En general, la información proporcionada sugiere que Uribarri Asesores es una empresa que se toma en serio su trabajo, brindando asesoría experta y personalizada a sus clientes, y manteniéndose al tanto de los cambios en la legislación para ayudar a los emprendedores y empresas a tomar decisiones informadas.

  abogadoeconomico.es no puede garantizar que los despachos de abogados incluidos en este directorio cumplan con todos los requisitos legales, colegiaciones, licencias profesionales o certificaciones exigidas en cada comunidad autónoma. Algunos perfiles pueden corresponder a despachos de reciente creación. Recomendamos verificar siempre la experiencia, referencias, documentación legal y situación profesional antes de contratar los servicios de un abogado.

Opiniones de Uribarri Asesores

4.2 (5 opiniones)

1 opiniones

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4 opiniones

jose mari santos aniceto
hace 1 año -  5 (Experiencia positiva)

Gema toda una profesional gran trato y buena persona os la recomiendo como profesional

Estibaliz Oyarzabal
hace 4 años -  5 (Experiencia positiva)

Grandes profesionales, muy atentas y con un trato muy cercano.

Iban Otero
hace 4 años -  5 (Experiencia positiva)

Profesionales con los que da gusto colaborar¡ A seguir asi.

Jon Mayo
hace 5 años -  5 (Experiencia positiva)

jose carlos morgado martins
hace 5 años -  1 (Experiencia negativa)

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