Sí, el inquilino puede oponerse al lanzamiento (alzamiento o desalojo) en un procedimiento de desahucio, aunque su capacidad para hacerlo dependerá del momento procesal y de los argumentos legales que presente. Durante el procedimiento judicial, el inquilino tiene derecho a oponerse al desahucio tras ser notificado de la demanda. Esta oposición debe realizarse dentro del plazo legal, que generalmente es de 10 días hábiles desde la notificación. Para ello, puede presentar un escrito argumentando razones como el pago de la deuda, errores en la demanda (por ejemplo, cantidades reclamadas incorrectas) o ejercer su derecho de enervación, que permite pagar la deuda más las costas en su primer desahucio por impago y evitar el lanzamiento. Si el inquilino se opone, el caso pasará a juicio, donde el juez decidirá si procede o no el desahucio.
Si no hay oposición o el juez dicta sentencia favorable al propietario, se procede al lanzamiento. En esta etapa, los servicios judiciales ejecutan el desalojo en la fecha previamente fijada, con la posible intervención de las fuerzas de seguridad si es necesario. Una vez recuperada la posesión de la vivienda, el propietario puede solicitar la ejecución de la sentencia para reclamar las cantidades adeudadas, lo que podría implicar el embargo de bienes o ingresos del inquilino si este no paga voluntariamente. El proceso puede variar en duración dependiendo de la oposición del inquilino, la carga de trabajo del juzgado y otras circunstancias específicas, pero sigue un esquema claro con estas etapas principales.
En términos generales, la duración total del proceso puede estimarse entre 4 y 6 meses si no hay oposición del inquilino. Sin embargo, si el inquilino se opone o interpone recursos, el tiempo puede extenderse a entre 6 y 12 meses o incluso más, dependiendo de la complejidad del caso. Factores como el volumen de trabajo de los juzgados, la actitud del inquilino y posibles problemas con las notificaciones también pueden influir significativamente en los plazos. En resumen, aunque en casos simples el proceso de desahucio puede resolverse en pocos meses, situaciones más complejas pueden alargarse considerablemente, especialmente si el inquilino utiliza recursos legales para dilatar el procedimiento.
Desde la aprobación de normativas de protección social, como el Real Decreto-Ley 37/2020, los inquilinos en situación de vulnerabilidad económica o social pueden solicitar la suspensión del lanzamiento. Esto requiere acreditar su situación de vulnerabilidad ante el tribunal y obtener un informe favorable de los servicios sociales. En estos casos, el lanzamiento puede retrasarse temporalmente, pero no anularse definitivamente. En conclusión, el inquilino puede oponerse al lanzamiento en diferentes momentos del proceso, pero sus posibilidades de éxito dependen del momento en que lo haga y de los motivos alegados, siendo más amplias durante las fases iniciales del procedimiento judicial.
Si el juez dicta una sentencia favorable al propietario y fija una fecha para el lanzamiento, el inquilino puede recurrir la sentencia en casos excepcionales. Sin embargo, los recursos no suelen paralizar el desahucio si ya se ha fijado la fecha del lanzamiento, a menos que se solicite expresamente una suspensión y esta sea concedida por el tribunal. Una vez fijada la fecha de lanzamiento, las opciones del inquilino se limitan considerablemente. Puede intentar detener el desahucio pagando la deuda completa antes del desalojo, si el juez lo autoriza, o alegar circunstancias excepcionales, como situaciones de especial vulnerabilidad, para solicitar una suspensión temporal.
Si el juez dicta sentencia a favor del propietario y el inquilino no paga voluntariamente las cantidades adeudadas, el propietario puede solicitar laejecución de la sentenciapara intentar recuperar el dinero. Este proceso de ejecución podría incluir el embargo de bienes o ingresos del inquilino para cubrir la deuda. Sin embargo, es importante tener en cuenta que recuperar el dinero depende de que el inquilino tenga capacidad económica o bienes embargables. Si el inquilino no tiene solvencia (por ejemplo, está en una situación de insolvencia económica), el propietario podría no lograr recuperar las cantidades adeudadas, incluso con una sentencia favorable.
Tras recibir la notificación, el inquilino puede optar por no contestar ni pagar, lo que permite al juez dictar una resolución favorable al propietario y avanzar directamente al lanzamiento. También puede pagar la deuda (en casos de impago) para evitar el desahucio, siempre que sea la primera vez que se reclama judicialmente y se acoja al derecho de enervamiento. Por último, el inquilino puede presentar oposición, en cuyo caso se celebra un juicio en el que ambas partes exponen sus argumentos y pruebas. Tras el juicio, el juez dicta sentencia, que puede ser recurrida, aunque esto no paraliza el lanzamiento si ya se ha fijado la fecha.
Si el inquilino no cumple con lo requerido, el propietario puede presentar una demanda de desahucio ante el juzgado competente, acumulando, si lo desea, la reclamación de rentas impagadas. Para ello, es necesario contar con la representación de un abogado y un procurador. Una vez presentada la demanda, el juzgado revisa su validez y, si cumple los requisitos legales, la admite a trámite. A continuación, notifica al inquilino, entregándole una copia de la demanda junto con el decreto de admisión que fija la fecha del juicio (si el inquilino se opone) y la del lanzamiento o desalojo (si no hay oposición).
En España, el procedimiento de desahucio por alquiler, regulado por la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), puede variar en duración dependiendo de factores como la carga de trabajo de los juzgados, la respuesta del inquilino y la ubicación geográfica. El proceso comienza con un requerimiento previo al inquilino, donde el propietario envía un burofax u otro medio que deje constancia escrita para exigir el pago de la deuda (en caso de impago) o subsanar el incumplimiento contractual. Este paso, que suele tomar entre 1 y 2 semanas, es obligatorio antes de acudir a los tribunales.
En España, los pasos para llevar a cabo una demanda de desahucio comienzan con un requerimiento previo al inquilino. Antes de interponer la demanda, el propietario debe enviar una reclamación formal exigiendo el cumplimiento de las obligaciones del contrato, como el pago de las rentas atrasadas. Esto se realiza habitualmente mediante un burofax con acuse de recibo y certificación de contenido, para dejar constancia de la reclamación. Aunque no siempre es obligatorio, este paso es altamente recomendable para evitar posibles oposiciones legales.
Características:
Acceso para sillas de ruedas Aseos Se recomienda pedir citaServicios:
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Nuestra opinión desde abogadoeconomico.es sobre Desahucio Legal
La empresa destaca por su enfoque altamente especializado en procedimientos legales de desahucio y recuperación de inmuebles, con un dominio técnico evidente del marco procesal español, particularmente en contextos complejos como ocupaciones ilegales o impagos prolongados. La profundidad de la información jurídica proporcionada demuestra una capacidad sólida para anticipar escenarios procesales, gestionar plazos y articular estrategias legales ajustadas a la normativa vigente, incluyendo figuras como el derecho de enervación o la suspensión por vulnerabilidad.
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MARTI MACFLY
hace 5 meses - 5 (Experiencia positiva)
Conoci a Javier preguntando a un conocido sin tener mucha fe ante la dificultad de la ocupación el perfil de la okupa .Javier ha conseguido lo imposible, echar a la inquiokupa en unos pocos meses. Ha sabido controlar los tiempos, la comunicación empatizando a cada momento. Desde luego ha sido una alegría volver a tomar posesión del piso , y en buen estado. Sin duda lo recomiendo.
Marco Nunez
hace 9 meses - 5 (Experiencia positiva)
Hace un año este abogado ayudo a recuperar mi propiedad en 2 meses y medio
Andrea Monzó Martínez
hace 9 meses - 5 (Experiencia positiva)
Soy de Sevilla y me ocuparon la casa hace 10 meses, contraté 2 empresas con buen nombre y no consiguieron sacar a los okupas de mi domicilio Ninguno pudo con ellos pero está empresa en 2 días consiguieron sacarlos , mil gracias de verdad 🙏🏼 TRABAJADORES TOP Y EMPRESA RECOMENDADA AL 100%💪🏼
laurasanta laurasanta
hace 10 meses - 5 (Experiencia positiva)
Muy recomendables, la atención y la rapidez con la que actúan y lo más importante lo eficientes y resolutivos que son… no dudaría en contratar sus servicios 1 y mil veces. Gracias!!
Alex Rodríguez
hace 10 meses - 5 (Experiencia positiva)
Alex Nolan Perez Exposito
hace 10 meses - 5 (Experiencia positiva)
Soy de Cuenca y me resolvieron la ocupación en mi domicilio en mismo día, unos profesionales 🙌🙏🏻💪🏼
Valentyn Anisyukin
hace 10 meses - 5 (Experiencia positiva)
Estoy muy contento col su trabajo, me ayudado desocupar la casa, recomendable 100% Спасибо ребятам за быстро и качественно проделанную работу.
Johanna van Brenk
hace 10 meses - 5 (Experiencia positiva)
Buena compañía. Comunicación clara. Mantenerle informado del proceso. En este caso el asunto se resolvió en el plazo de un mes. La próxima vez (espero que no sea necesario 🥴) volvería a utilizarlos.
Juan Maria Ruiz
hace 10 meses - 5 (Experiencia positiva)
Mucha profesionalidad, rapidez y atención personalizada. Lo recomiendo 100%
Rachel Bmetaireau
hace 10 meses - 5 (Experiencia positiva)
Hace un mes los contraté porque tenía unos inquilinos que llevaban 6 meses sin pagar y en cuestión de unos 20 días me solucionaron el problema. Gracias infinitas🙏👍🏻
Neil christian Satur
hace 10 meses - 5 (Experiencia positiva)
100%recomendable. He usado sus servicios en muchas ocasiones, de hecho sólo confío en él, desde hace más de 5 años. Profesional, ético y eficiente.
Jose Agustin
hace 10 meses - 5 (Experiencia positiva)
SIN DUDA PROFESIONALES CON GRAN EFICACIA Y CUMPLEN A SU PALABRA ,UN EQUIPO TRATO PROFESIONAL TOP Y COMO HUMANOS AÚN MEJOR 100X100 RECOMENDABLE
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