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El procedimiento de mutuo acuerdo o consensual es aquel en el que ambos cónyuges, además de estar conformes con el divorcio o separación, pactan entre ellos las medidas que regirán respecto a los hijos, pensiones compensatorias y bienes del matrimonio, que se recogerá en el denominado convenio regulador.Por el contrario, se habla de procedimiento contencioso cuando bien uno de los cónyuges no quiere divorciarse y, por tanto, es imposible cualquier tipo de acuerdo; o bien cuando existiendo conformidad en el divorcio, se discrepa respecto a todas o a algunas de las medidas que debe contener el convenio regulador (custodia de los hijos, pensiones, uso de la vivienda familiar, pensión compensatoria, pensiones de alimentos).
No obstante, la actuación y gestión del patrimonio que efectúa el representante legal del menor o persona con la capacidad modificada judicialmente, se encuentra, en determinados casos establecidos legalmente, restringida, exigiéndose un grado más de protección por la trascendencia o naturaleza de los actos en cuestión. En este caso, se realiza un control judicial de los actos dispositivos de su patrimonio a través de los expedientes de autorización o aprobación judicial para la realización de actos de disposición, gravamen u otros que se refieran a los bienes y derechos de menores y personas con capacidad modificada judicialmente.
Si el matrimonio se separa de hecho, los cónyuges a efectos legales siguen todavía casados, pues todavía no se ha dictado una sentencia que declare disuelto el matrimonio, por lo que las relaciones patrimoniales de ambos cónyuges se siguen regulando por el mismo régimen económico que tenía el matrimonio. En este caso es muy conveniente que los cónyuges firmen un documento sencillo donde regulen sus obligaciones familiares (pensión alimentos de los hijos, uso de la vivienda, cargas familiares), a fin de que después uno de los contrayentes no pueda denunciar al otro por un delito abandono de familia.
Los procesos sobre filiación, paternidad y maternidad tienen como objeto la reclamación o la impugnación de la filiación, si bien ambas acciones tienen como objeto determinar quién es el padre o madre fisiológico de una persona.La acción de reclamación tiene como objeto el que se reconozca a una persona la condición de hijo respecto de otra, en aquellos casos en los que ello no sea posible por los restantes mecanismos fijados en la legislación civil.Por otra parte, deberemos acudir a la acción impugnación cuando existe duda sobre la veracidad de la paternidad o maternidad de un hijo reconocido.
Plusvalía municipal o Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.El donatario sólo tendrá que abonar la plusvalía municipal en el caso de recibir por donación un inmueble urbano. La plusvalía se calcula a partir del valor catastral de la vivienda, sobre el que se aplican unas tasas de revalorización fijadas por los ayuntamientos, teniendo en cuenta el tiempo transcurrido desde que se adquiere el bien hasta que se transmite. A esa cantidad se aplica el tipo impositivo establecido por el ayuntamiento para obtener la plusvalía.
Plusvalía municipal o Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.El donatario sólo tendrá que abonar la plusvalía municipal en el caso de recibir por donación un inmueble urbano. La plusvalía se calcula a partir del valor catastral de la vivienda, sobre el que se aplican unas tasas de revalorización fijadas por los ayuntamientos, teniendo en cuenta el tiempo transcurrido desde que se adquiere el bien hasta que se transmite. A esa cantidad se aplica el tipo impositivo establecido por el ayuntamiento para obtener la plusvalía.
Por tanto, hay que comparar las circunstancias que se tuvieron en cuenta para fijar la pensión de alimentos y las concretas circunstancias del momento en el que se solicita la modificación, toda vez que el paso de tiempo o la variación de las mismas pueden exigir su modificación y adaptación a la nueva realidad.De hecho, en determinados supuestos lo que cabe no es la modificación (aumento o reducción de la pensión de alimentos) sino la extinción definitiva de la pensión alimenticia, como por ejemplo cuando el hijo mayor de edad ni estudia ni trabaja.
La pensión de alimentos no se extingue cuando los hijos cumplan la mayoría de edad, sino que continúa la obligación de pago mientras se estén formando, pongan de su parte en los estudios y no tengan recursos económicos propios.Los criterios de proporcionalidad no pueden entenderse de modo matemático, ya que no existe ninguna fórmula que permita un cálculo exacto de una pensión en dinero, pero siempre se fijará de tal forma que tanto alimentista como alimentante cuenten con ingresos suficientes para poder hacer frente a los gastos de la vida diaria.
Actualmente debido a las circunstancias excepcionales provocadas por el COVID-19 solo será posible celebrar el acto de conciliación en los supuestos en los que pueda darse la posibilidad de acuerdo entre las partes, evitando con ello la vía judicial y salvaguardando los respectivos derechos. En caso de que no sea posible el acuerdo, se emitirá certificación por parte del Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación que acreditará que se ha presentado solicitud de conciliación y que no ha sido posible la celebración.
Características:
Aseos Se recomienda pedir citaServicios:
AbogadoHorario de apertura:
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Nuestra opinión desde abogadoeconomico.es sobre Bufete Las Rozas
La empresa Bufete Las Rozas ofrece una amplia gama de servicios jurídicos personalizados, abarcando áreas como herencias y testamentos, divorcios, desahucios, accidentes, arrendamientos y peritaciones. La información disponible en su sitio web destaca la importancia de la privacidad y la protección de datos personales, asegurando que los datos recopilados se utilizarán solo para enviar la información solicitada por los usuarios.
En cuanto a los servicios específicos, se menciona la posibilidad de procedimientos de mutuo acuerdo o contenciosos en casos de divorcio o separación, lo que sugiere una flexibilidad y adaptabilidad a las necesidades de los clientes. Además, se explica la importancia de la actuación y gestión del patrimonio en casos de menores o personas con capacidad modificada judicialmente, lo que indica un enfoque en la protección y el cuidado de los intereses de los clientes vulnerables.
Las reseñas de clientes destacan la profesionalidad, el trato correcto y la atención rápida de los abogados de la empresa. Los clientes elogian la capacidad de los profesionales para llevar procesos complejos de manera eficiente y efectiva, como en casos de curatela, custodia de hijos y divorcios. La disponibilidad y accesibilidad de los abogados también son destacadas, lo que sugiere un compromiso con la satisfacción del cliente.
En general, la empresa Bufete Las Rozas parece ofrecer una combinación de experiencia jurídica, profesionalidad y atención personalizada, lo que la convierte en una opción atractiva para aquellos que buscan servicios jurídicos de alta calidad. La empresa parece tener un enfoque en la protección de los intereses de sus clientes y en la búsqueda de soluciones efectivas y eficientes para sus necesidades legales.
abogadoeconomico.es no puede garantizar que los despachos de abogados incluidos en este directorio cumplan con todos los requisitos legales, colegiaciones, licencias profesionales o certificaciones exigidas en cada comunidad autónoma. Algunos perfiles pueden corresponder a despachos de reciente creación. Recomendamos verificar siempre la experiencia, referencias, documentación legal y situación profesional antes de contratar los servicios de un abogado.
4.8 (12 opiniones)
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10 opiniones
Alfon Romero
hace 9 meses - 5 (Experiencia positiva)
Mari Ángeles es una excelente profesional, con un trato muy correcto al cliente y atención rápida.
Celia Díaz Segovia
hace 9 meses - 5 (Experiencia positiva)
Marian llevó mi proceso con mucha profesionalidad y cercanía. Siempre estuvo disponible para cualquier duda, sabiendo dar el consejo adecuado. Por mi parte tengo claro que volveré a contratarla para cualquier servicio en el que la pueda necesitar.
Javier Fernández Téllez
hace 9 meses - 5 (Experiencia positiva)
Marian es una gran profesional, llevo mi procedimiento con gran profesionalidad.
Manuel Martínez
hace 10 meses - 5 (Experiencia positiva)
Muy agradecido, nos llevó el proceso de curatela de mi madre de manera rápida y efectiva. No sólo nos orientó sino que nos facilitó todo el proceso, consiguiendolo en un tiempo récord. Siempre accesible y amable. Gran profesional.
Olga Hernandez
hace 3 años - 3 (Experiencia positiva)
Respuesta de Bufete Las Rozas
Estimada Olga, No se si se ha equivocado de empresa, pero no hemos tenido jamás una relación profesional con Usted. Ruego revise su reseña, en la que además, no aporta ningún comentario.
Marisela Neulander
hace 3 años - 4 (Experiencia positiva)
Respuesta de Bufete Las Rozas
Estimada Marisela, No se si se ha equivocado de empresa, pero no hemos tenido jamás una relación profesional con Usted. Ruego revise su reseña, en la que además, no aporta ningún comentario.
EVA ALVAREZ GARCIA
hace 4 años - 5 (Experiencia positiva)
Ana Cruz Morcillo
hace 4 años - 5 (Experiencia positiva)
Cuando nos separamos nos facilitó mucho el proceso de la custodia de nuestro hijo. Redactó un Convenio Regulador que, tras muchas conversaciones, fuera satisfactorio para las dos partes. Pudimos llegar a un acuerdo sin tener que acudir a los tribunales . Contactaré con ella para cualquier trámite que requiera de conocimiento jurídico.
Rodrigo canoprieto
hace 4 años - 5 (Experiencia positiva)
Me ayudaron mucho en el divorcio.Recomendable
David Martinez
hace 4 años - 5 (Experiencia positiva)
Llevaron mi divorcio y estoy muy agradecido por que se implicaron desde el primer momento con un trato muy cercano. Muchas gracias.
Luc Dupuy
hace 4 años - 5 (Experiencia positiva)
Me encantó el trato y la rapidez con la cual trataron mi asunto. Muy recomendable.
Marcos Alvarez
hace 4 años - 5 (Experiencia positiva)
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