Antonio Javier Montoro Navas

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Ante ello, son numerosos los Tribunales que, ante la injusta actuación de las Aseguradoras que aducen la supuesta levedad del accidente para intentar disminuir sus responsabilidades económicas, están resolviendo que en ningún caso puede decirse que en los accidentes de carácter leve las lesiones padecidas sean de entidad menor, al margen de la levedad de los daños materiales causados, pues suelen ser accidentes sorpresivos, que provocan contracción de los músculos, dependiendo en cada caso de la posición ocupada por el accidentando. Pero en ningún caso, el carácter leve de los daños materiales deberá determinar la levedad de las lesiones. Este Bufete ha obtenido sentencia plenamente satisfactoria al respecto por parte del Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Jaén en un asunto idéntico al analizado, donde la Aseguradora alegó el carácter leve de las lesiones atendiendo a que los daños en el vehículo accidentado que fueron peritados por su propia Compañía eran de escasa cuantificación, siendo que el Tribunal deshecha tales alegacionesestimando íntegramente nuestra reclamación imponiendo las costas a la Aseguradora.

Uno de los efectos mas perniciosos de muchos divorcios es enfrentarse a cómo pagar esa hipoteca y empieza a ser asiduo en los Despacho de Abogados, y sobre todo al albur del boom de los litigios por cláusulas suelo, gastos hipotecarios, desahucios por impagos de hipoteca, etc.. encontrarnos con acuerdos alcanzados entre la entidad bancaria y uno sólo de los deudores hipotecarios solidarios, sin la concurrencia del otro, que, por múltiples y variados motivos (negativa al pago de su parte de la hipoteca, evidentes malas relaciones con su expareja, imposibilidad de hacer frente a su parte de deuda, etc…) o se niegan a llegar a un acuerdo o, simplemente, ni lo saben.

Este Bufete ha obtenido sentencia plenamente satisfactoria al respecto por parte del Juzgado de lo Mercantil de Jaén en un asunto idéntico al analizado, donde el exmarido de la cliente intentó anular un acuerdo que la deudora suscribió en su día con la entidad financiera sin el consentimiento del otro deudor, acuerdo que suponía una mejora sustancial en las condiciones del préstamo hipotecario, como declara la sentencia probado, desestimando por tanto la demanda instada por el exmarido de nuestra cliente.

Este Despacho de Abogados ha conseguido Sentencia plenamente satisfactoria ante el Juzgado de lo Social nº 1 de Jaén a favor de una cliente que vio denegada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social la prestación por incapacidad permanente en grado de absoluta que le correspondía, atendiendo a las dolencias que la incapacitaban para cualquier tipo de trabajo, además con la obligación de la Administración de abonarle las diferencias y atrasos correspondientes desde 2017.

Y es que sólo si el acuerdo suscrito con la entidad financiera supone un beneficio para ambos deudores hipotecarios, por ejemplo la retirada del contrato de cláusulas que podrían considerarse nulas y cuya aplicación supone un verdadero perjuicio para los contratantes (la llamada cláusula suelo, la de vencimiento anticipado, la de interés de demora por encima de 3 puntos el interés legal del dinero, la de posiciones deudoras, etc…), el acuerdo es perfectamente válido.

Nuestro cliente SINDICATO INDEPENDIENTE DE POLICIA LOCAL DE ANDALUCIA, SIP-AN, vuelve a conseguir el amparo judicial ante el Ayto. de Alcalá la Real con motivo de funciones a las que se veían obligados y que no son propias de su trabajo, como acarrear, cargar o descargar vallas, o hacer el trabajo de los asistentes sociales del municipio, entre otras. ENHORABUENA y gracias por confiar en este Despacho! (Noticia publicada en Diario JAEN el 24/5/18)

Con la reforma legal llevada a cabo a través de la Ley 35/2015 de 22 de septiembre, de reforma del sistema de valoración de los accidentes de tráfico, y las modificaciones que dicha reforma originaron en la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, se hace evidente la situación de ventaja en la que se sitúan (o quieren situarse) las Compañías Aseguradoras ante un lesionado en un accidente de tráfico.

Es muy habitual que la Administración deniegue la prestación que puede corresponder al empleado que se encuentra en dicha situación de incapacidad permanente, tras la tramitación del procedimiento administrativo correspondiente y previo paso del trabajador por el llamado comúnmente “tribunal médico”, o Equipo de Valoración de Incapacidades.

Es común en el día a día de los litigios contras las Aseguradoras por lesiones padecidas en accidentes de circulación, que estas se defiendan aportando Informes de sus propios peritos alegando la levedad del golpe/siniestro padecido, para con ello intentar disminuir la cuantía de la indemnización a que tendrían derecho los lesionados.

Muchas parejas que en su día se unieron y decidieron adquirir una vivienda hipotecándose conjunta y solidariamente para ello, para unificar esfuerzos y poder asumir su coste, acaban separándose con el transcurso del tiempo, y en muchas ocasiones, incluso antes que la hipoteca termine por amortizarse.

Características:

Acceso para sillas de ruedas Aseos Se recomienda pedir cita

Servicios:

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  • viernes: 9:00–14:00, 16:00–20:00
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  • domingo: Cerrado

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Opiniones de Antonio Javier Montoro Navas

4.3 (6 opiniones)

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5 opiniones

rosa españa
hace 8 meses -  5 (Experiencia positiva)

No puedo estar mas contenta con este Despacho de Abogados. Profesionalidad y empatía, cosa que hoy en dia es difícil encontrar. Mi divorcio se llevó a cabo sin ningún problema. Me informaron de todos los aspectos desde el primer momento. Recomendable 100%

Juan Morales Muñoz
hace 1 año -  5 (Experiencia positiva)

Buen servicio. Mi reclamación de cláusula suelo y gastos de la hipoteca salió como me explicó.

Nika Ms
hace 2 años -  1 (Experiencia negativa)

Juanfran Peinado
hace 3 años -  5 (Experiencia positiva)

Todo muy bien. Atencion y Profesionalidad y sobre todo las cosas claras al explicar al cliente todo. Sin duda.

ANTONIO CORDERO VALERO
hace 5 años -  5 (Experiencia positiva)

Profesionales

pcampillo79
hace 5 años -  5 (Experiencia positiva)

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